Licencias Tipo B

Requisitos

Tener 18 años cumplidos.
Ver requisitos especiales para licencias tipo B2, B3 y B4.

Cédula o documento de identificación.

Dictamen médico digital para licencia. (Debe tener no más de 180 días de expedida)

Hacer examen teórico y examen práctico para licencia de conducir.
Ver requisito especiales para licencia B4.

Presentar recibo de pago de la licencia correspondiente.

Como requisito

El Permiso Temporal de Manejo o Licencia temporal de conducir es necesario siempre que va a aprender a manejar, ya sea si lo hará con una Escuela de manejo o por medios más informales.

Por prevención

Si usted va a practicar con carro propio o de algún amigo o familiar y va a salir a carretera, tener la póliza del Permiso Temporal le ahorrará dolores de cabeza pues estará protegido y si se diera un accidente la póliza cubrirá los gastos de reparaciones tanto propios como a terceros (depende de la cobertura de la póliza que se contrate) .

En caso de accidente

Si sufre un accidente al salir a practicar y su póliza está vigente podrá recibir apoyo por parte del INS en el caso de que sufra daños físicos o los autos tengan daños. Además podrá atender otras situaciones como daños físicos a las personas.

Tipos de Licencias en Costa Rica

Licencias de conducir tipo B

Se debe obtener para manejar carros, pick ups, camiones livianos, pesados y trailers.

Existen cuatro tipos de licencia B.

Licencia tipo B1

Carros
Pick Up liviano

 

Ser mayor de 18 años.

 

Vehículos hasta de 4.000 kilogramos de peso bruto o peso máximo autorizado (PMA).

Estos vehículos podrán ser conducidos con un remolque liviano, siempre y cuando el vehículo, el remolque y la carga en conjunto no excedan los 4.000 kilogramos de peso bruto y no estén regulados dentro de otras clases o tipos de licencia.

 

Adicionalmente, autoriza para conducir unidades de transporte tipo UTV.

Se autoriza la conducción de motos tipo triciclo y cuadraciclo, cuyo cilindraje de motor no supere los 500 centímetros cúbicos.

 

No puede manejar motocicletas de ningún tipo con licencia B1.

 

No se puede usar la licencia B-1 para manejar taxi o transporte público.

Licencia tipo B2

Camión pequeño

 

Ser mayor de 20 años.

 

Vehículos hasta de 8.000 kilogramos de peso bruto o peso máximo autorizado (PMA). Estos vehículos podrán ser conducidos con un remolque, siempre y cuando el vehículo, el remolque y la carga en conjunto no excedan los 8.000 kilogramos de peso bruto.

 

Contar con una licencia clase B o C, al menos con dos años de expedida.

Licencia tipo B3

Camión pesado

 

Ser mayor de 22 años.

 

Vehículos de todo peso, excepto los vehículos pesados articulados.

 

Contar con una licencia clase B o C, al menos con tres años de expedida.

Licencia tipo B4

Camión articulado, tipo “Trailer”

 

Ser mayor de 22 años.

 

Vehículos de todo peso, incluyendo los vehículos pesados articulados.

 

Contar con una licencia clase B o C, al menos con tres años de expedida.

Aprobar un curso especialmente impartido por la Dirección General de Educación Vial o un ente debidamente acreditado.

Para leer el texto completo de la Ley de Transito de Costa Rica. Capitulo III, Tipos de Licencias. Artículo 86, haga clic aquí.

Permitenos ayudarte con tus tramites de licencia.

O bien, comunícate con nosotros al 8852-2066 y 8718-2035